Norma ded desarrollo Urbano: Zona Recreativa Activa


ZONA RECREATIVA – ACTIVA: Re-b
1.     Solo se permitirá la construcción, reconstrucción o modificación de edificios destinados a las actividades recreativas en general, donde la participación directa del individuo genera dinamismo o lo mantiene ligado a las actividades recreativas en todas las fases de su acción tales como: piscinas, estadios, gimnasios, balnearios, plazas de toros, cancha de tenis, juegos infantiles, campos deportivos en general, etc., y los usos complementarios requeridos para su funcionamiento integral, tales como: residencia temporal para deportistas, abarroterías, pequeñas industrias de carácter artesanal, clínicas de primeros auxilios, etc., siempre y cuando dichos usos complementarios no constituyan perjuicios a los vecinos, o afecten en forma adversa el carácter recreativo de la zona.

2.     Normas de Desarrollo:

Área mínima de lote: 1,000.00 m² (10% tolerancia)

Frente mínimo de lote: 25.00 m (10% tolerancia)

Fondo mínimo de lote: 40.00 m (10% tolerancia)

Área de ocupación: 60% del área del lote

Área libre: 40% del área del lote

Área de construcción: 150% del área del lote

Línea de construcción: la indicada en el Plan Vial

Retiros laterales: 2.00 m

Retiro posterior: 5.00 m

Estacionamientos: uno por cada 50.00 m², de construcción dentro del lote, para las actividades recreativas- activas comerciales. Uno por cada 15 butacas.  

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