ZONA RECREATIVA –
ACTIVA: Re-b
1.
Solo se permitirá la construcción, reconstrucción o
modificación de edificios destinados a las actividades recreativas en general,
donde la participación directa del individuo genera dinamismo o lo mantiene
ligado a las actividades recreativas en todas las fases de su acción tales
como: piscinas, estadios, gimnasios, balnearios, plazas de toros, cancha de
tenis, juegos infantiles, campos deportivos en general, etc., y los usos
complementarios requeridos para su funcionamiento integral, tales como:
residencia temporal para deportistas, abarroterías, pequeñas industrias de
carácter artesanal, clínicas de primeros auxilios, etc., siempre y cuando
dichos usos complementarios no constituyan perjuicios a los vecinos, o afecten
en forma adversa el carácter recreativo de la zona.
2.
Normas de
Desarrollo:
Área mínima de
lote: 1,000.00
m² (10% tolerancia)
Frente mínimo de
lote: 25.00
m (10% tolerancia)
Fondo mínimo de
lote: 40.00
m (10% tolerancia)
Área de ocupación:
60%
del área del lote
Área libre: 40% del área del
lote
Área de
construcción: 150%
del área del lote
Línea de
construcción:
la indicada en el Plan Vial
Retiros laterales:
2.00
m
Retiro posterior: 5.00 m
Estacionamientos: uno por cada 50.00
m², de construcción dentro del lote, para las actividades recreativas- activas
comerciales. Uno por cada 15 butacas.
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