Norma de desrrollo Urbano: Zona Industrial



ZONA INDUSTRIAL: I

1.     Usos Permitidos:
Solo se permitirá la construcción, reconstrucción o modificación de edificios destinados a usos industriales y comerciales cuyas normas de procesamiento cuente con los controles técnicos y ambientales para no producir efectos nocivos y ofensivos por razones de emisiones de olores, polvos, humo, gases o ruidos, ni presenten un peligro para la seguridad de las áreas residenciales o industriales vecinas. Además, se permitirán los usos complementarios a estas actividades. Los controles técnicos y ambientales serán determinados por el Ministerio de Salud.

2.     Normas de Desarrollo:
Área mínima de lote: 1,000.00 m²

Frente mínimo de lote: 20.00 m

Fondo mínimo de lote: 40.00 m

Altura máxima: será determinada por el área de construcción

Área de ocupación: 70% del área del lote

Área de libre: 30% del área del lote

Área de construcción: 200% del área del lote

Línea de construcción: la que se indique a cada vía según el plano de la urbanización aprobado. En urbanizaciones nuevas: 5.00 m de retiro frontal.

Retiro lateral:
1.     Ninguno
2.     Cuando colinde con viviendas se mantendrá igual retiro que el que rige para el uso habitacional.

Retiro posterior: 5.00 m mínimo

Estacionamiento:
-        Un espacio por cada 150 m² de área dedicada a uso industrial
-        Un espacio por cada 80 m² comercial
-        Un espacio por cada 50 m² oficinas

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