ZONA INSTITUCIONAL
– HOSPITALARIA: In-d
1.
Solo
se permitirá la construcción, reconstrucción o modificación de edificios
destinados a las actividades hospitalarias que requieran cierto aislamiento y
tranquilidad, tales como: hospitales, clínicas comunales, policlínicas, centros
médicos, centros de salud, unidades sanitarias, etc., y los usos
complementarios requeridos para su funcionamiento integral tales como:
viviendas para el personal, tiendas para uso interno, capilla, parques
recreativos pasivos, etc., siempre y cuando dichos usos complementarios no
constituyan perjuicio a los vecinos o afecten en forma adversa el carácter
institucional hospitalario de la zona.
2.
Normas de
Desarrollo:
Área mínima de lote: 600.00 m²
Frente mínimo de lote: 20.00 m
Fondo mínimo de lote: 30.00 m
área
de ocupación: 50% del área del lote
área
libre: 50% del área del lote
área
de construcción: 200% del área del lote
línea
de construcción: la indicada en el Plan Vial aprobado
retiros
laterales: 1.50 m
retiro
posterior: 5.00
estacionamientos: uno por cada 50.00 m² de oficina
administrativa o de clínica médica y uno por cada dos cuartos de
hospitalización. Uno por cada 6 camas.
Comentarios
Publicar un comentario