Norma de desarrollo Urbano: Zona institucional religiosa


ZONA INSTITUCIONAL – RELIGIOSA: In-c

1.     Solo se permitirá la construcción, reconstrucción o modificación de edificios destinados a actividades religiosas, tales como: iglesias, conventos, centros religiosos, etc., y los usos complementarios requeridos para su funcionamiento integral, tales como: viviendas para religiosas, tiendas de artículos para devotos, pequeñas industrias artesanales, escuelas, clínicas de salud, parques recreativos, siempre y cuando dichos usos complementarios y sus estructuras no constituyan perjuicios a los vecinos o afecten en forma adversa el carácter institucional religioso de la zona.

2.     Normas de Desarrollo:

Área mínima de lote: 500.00 m²

Frente mínimo de lote: 15.00 m

Fondo mínimo de lote: 30.00 m

Área de ocupación: 40% del área del lote

Área libre: 60% del área del lote

Área de construcción: 80% del área del lote

Línea de construcción: la Indicada en el Plan Vial aprobado

Retiros laterales: 1.50 m

Retiro posterior: 5.00 m

Estacionamientos: uno por cada 30.00 m² de construcción. Uno por cada 15 sillas.


Comentarios