Norma de desarrollo Urbano: Comercial Urbano Central


COMERCIAL URBANO CENTRAL: C-2


1.     Usos Permitidos:
Instalaciones comerciales en general relacionada a las actividades mercantiles y profesionales del Centro Urbano.

En esta zona se permitirá el uso residencial, de acuerdo a la densidad y a las normas de desarrollo urbano que prevalezcan para el área, así como los usos complementarios a la actividad de habitar de las zonas R-2 Y R-M1.

2.     Normas de Desarrollo:
Área mínima de lote: 800 m² el área mínima establecida privara sobre el fondo y frente mínimo establecido.

Frente mínimo de lote: 20.00 m

Fondo mínimo de lote: 35.00 m

Altura máxima: será determinada por el área de construcción.

Área de ocupación: para uso comercial y oficina: 100% del área construible o sea sin contar el área restringida por la línea de construcción y retiros. Para residencial se aplican las normas para las zonas: R-2 Y R-M1.

Área libre: 30% del área del lote.

Área de construcción: 300% del área del lote

Línea de construcción: la que indique el plano de la urbanización aprobada. En urbanizaciones nuevas, el retiro frontal mínimo será de 5.00 m.

Retiro lateral:
-        Cuando colinde con el uso residencial, el retiro lateral se regirá por la norma R-M1.
-        Cuando colinda con otro uso comercial o con el industrial, se permitirá el adosamiento.

Retiro posterior: 5.00 m mínimo

Estacionamientos:
-        Un espacio por cada 50.00 m² de uso de oficina
-        Un espacio por cada 80.00 m² de uso comercial
-        Para uso residencial, se aplicarán las normas de estacionamiento que rigen para este uso.
-        Proyectos y localizaciones especiales se regirán por normas pre-establecidas.

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