GLOSARIO
DESARROLLO URBANO
a. Adosamiento:
es la unión de dos estructuras en alguno de sus costados laterales o la
estructura construida sobre uno de sus linderos.
b. Altura
Máxima:
b.1.
Es la cantidad máxima de pisos o su equivalente en medida que se permite para
una zona. La altura máxima por piso será de 3.00 m.
b.2.
Es la cantidad de pisos resultante de acuerdo a la densidad permitida para una
zona.
b.3.
Es la cantidad de pisos resultantes de acuerdo al área de construcción
permitida para una zona.
c. Ambientes
Habitables: son aquellas áreas de la edificación destinadas a: dormitorios,
sala, comedor, estudios, balcones, terrazas, cuarto de empleadas, etc.
d. Área
de Construcción: es la suma de las áreas de los pisos de una edificación;
incluyendo las azoteas y los pavimentos descubiertos.
e. Área
de Lote: es la medida de la superficie de un terreno comprendido entre sus
linderos o línea de propiedad.
f. Área
de Ocupación: es la superficie edificable dentro de un lote de terreno en la
planta baja.
La
superficie edificable es la resultante después de deducir las áreas por retiro
de la línea de construcción, retiro lateral y posterior. No incluye el
estacionamiento cubierto de una sola planta en estructura liviana, en viviendas
multifamiliares.
g. Área
Libre: es la superficie restante del lote, una vez deducida el área de
ocupación. En el área libre se permitirá la construcción de aceras, planchas de
estacionamientos, estructuras livianas como casetas, garajes cubiertos,
piscinas, juegos infantiles, etc.
h. Comercial
Urbano Central: aquel destinado a brindar facilidades comerciales de toda la
población de una ciudad.
i. Comercial
Vecinal o de Barrio: es el comercio que sirve para atender las necesidades de
la población de una zona o sector en especial.
j. Densidad:
es la relación entre el número de habitantes o unidades de vivienda
correspondientes a una hectárea.
k. Estacionamiento:
es el lugar o edificación destinado a guardar y acomodar vehículos.
l. Fachada
o Pared Ciega: aquella pared o costado de una edificación que no tiene ningún
tipo de abertura en su plano vertical.
m. Fondo
Mínimo de Lote: es la longitud mínima permitida en los linderos laterales de un
lote. En los lotes regulares, es la medida entre el lindero frontal y el
lindero posterior del lote. En los lotes irregulares, el fondo mínimo será
determinado por el promedio de los linderos laterales.
n. Frente
Mínimo de lote: es la longitud mínima permitida en el lindero frontal de un
lote, paralelo a una vía.
o. Línea
de Construcción: es la línea paralela al eje de una vía pública que sirve para
fijar el límite de construcción de la planta baja de un edificio. La línea de
construcción nunca será menor de 2.50 m a partir de la línea de propiedad.
p. Normas
de Desarrollo: es el conjunto de requisitos que sirven para regular todo lo
concerniente a la construcción, con el fin de obtener un ambiente ordenado de
la comunidad.
q. Notas
Generales de Funcionamiento: conjunto de normas de control que regula el
comportamiento de los usos industriales y comerciales, a fin de que no cause
molestia a la vecindad.
r. Permisos
Especiales: aquellos que otorga la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos,
el Ministerio de Salud y otras autoridades competentes de la materia.
s. Promedio
Familiar: término medio de miembros en una familia por unidad de vivienda de
acuerdo con el último censo.
t. Proyectos
de Conjunto: es un grupo de edificaciones y áreas libres en el cual se integran
los aspectos urbanísticos y arquitectónicos. Estos proyectos incluyen la
habilitación de todos los servicios públicos y la construcción de la unidad de
vivienda.
u. Residencial
Agrícola: es aquella vivienda ubicada fuera del perímetro netamente urbano.
v. Retiro
Lateral: es el espacio libre comprendido entre la edificación y el lindero del
lote. Este retiro se medirá a partir de la parte más sobresaliente de la
edificación incluyendo los aleros, los cuales no podrán estar a menos de .30 de
la línea de propiedad.
w. Unidad
de Vivienda: toda estructura o edificación destinada a servir de domicilio o
morada a una familia. La unidad de vivienda típica cubrirá 3 recamaras, sala,
comedor, cocina, baños y cuarto de empleada. Por cada recamará adicional se
agregará 2 personas.
x. Usos
Complementarios: es el uso que se adiciona a un uso principal y que es
compatible con este uso.
y. Uso
Industrial: es aquel donde se almacena, procesa, manufactura y distribuye un
producto.
z. Ventanas
Altas: aberturas a más de 1.60 m de antepecho, medido a partir del nivel del
piso acabado.
aa. Viviendas
de Apartamentos o Multifamiliar: aquella edificación concebida con unidad
arquitectónica y con áreas habitacionales independientes, aptas para albergar a
tres o más grupos familiares en un misma parcela o lote.
bb. Vivienda
Bifamiliar: es aquella que agrupa 2 unidades de vivienda unifamiliares en
planta baja o planta alta y adosadas en uno de sus costados.
cc. Viviendas
en Hileras: conjunto de tres o más viviendas en un lote, adosadas en sus
costados laterales.
dd. Vivienda
Unifamiliar Aislada: es la edificación provista de áreas habitacionales
destinadas a un solo grupo familiar, rodeada de área libre.
ee. Zonas
de Servicio: son aquellas áreas de la edificación destinada a: cocina,
tendederos, lavanderías, escaleras, ascensores, servicios sanitarios, pasillos
comunales, áreas de equipamiento electromecánicos.
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