Glosario de términos desarrollo Urbano

GLOSARIO

DESARROLLO URBANO


a.      Adosamiento: es la unión de dos estructuras en alguno de sus costados laterales o la estructura construida sobre uno de sus linderos.

b.     Altura Máxima:
b.1. Es la cantidad máxima de pisos o su equivalente en medida que se permite para una zona. La altura máxima por piso será de 3.00 m.
b.2. Es la cantidad de pisos resultante de acuerdo a la densidad permitida para una zona.
b.3. Es la cantidad de pisos resultantes de acuerdo al área de construcción permitida para una zona.

c.      Ambientes Habitables: son aquellas áreas de la edificación destinadas a: dormitorios, sala, comedor, estudios, balcones, terrazas, cuarto de empleadas, etc.

d.     Área de Construcción: es la suma de las áreas de los pisos de una edificación; incluyendo las azoteas y los pavimentos descubiertos.

e.      Área de Lote: es la medida de la superficie de un terreno comprendido entre sus linderos o línea de propiedad.

f.      Área de Ocupación: es la superficie edificable dentro de un lote de terreno en la planta baja.

La superficie edificable es la resultante después de deducir las áreas por retiro de la línea de construcción, retiro lateral y posterior. No incluye el estacionamiento cubierto de una sola planta en estructura liviana, en viviendas multifamiliares.

g.     Área Libre: es la superficie restante del lote, una vez deducida el área de ocupación. En el área libre se permitirá la construcción de aceras, planchas de estacionamientos, estructuras livianas como casetas, garajes cubiertos, piscinas, juegos infantiles, etc.

h.     Comercial Urbano Central: aquel destinado a brindar facilidades comerciales de toda la población de una ciudad.

i.       Comercial Vecinal o de Barrio: es el comercio que sirve para atender las necesidades de la población de una zona o sector en especial.

j.       Densidad: es la relación entre el número de habitantes o unidades de vivienda correspondientes a una hectárea.

k.     Estacionamiento: es el lugar o edificación destinado a guardar y acomodar vehículos.

l.       Fachada o Pared Ciega: aquella pared o costado de una edificación que no tiene ningún tipo de abertura en su plano vertical.

m.   Fondo Mínimo de Lote: es la longitud mínima permitida en los linderos laterales de un lote. En los lotes regulares, es la medida entre el lindero frontal y el lindero posterior del lote. En los lotes irregulares, el fondo mínimo será determinado por el promedio de los linderos laterales.

n.     Frente Mínimo de lote: es la longitud mínima permitida en el lindero frontal de un lote, paralelo a una vía.

o.     Línea de Construcción: es la línea paralela al eje de una vía pública que sirve para fijar el límite de construcción de la planta baja de un edificio. La línea de construcción nunca será menor de 2.50 m a partir de la línea de propiedad.

p.     Normas de Desarrollo: es el conjunto de requisitos que sirven para regular todo lo concerniente a la construcción, con el fin de obtener un ambiente ordenado de la comunidad.

q.     Notas Generales de Funcionamiento: conjunto de normas de control que regula el comportamiento de los usos industriales y comerciales, a fin de que no cause molestia a la vecindad.

r.      Permisos Especiales: aquellos que otorga la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos, el Ministerio de Salud y otras autoridades competentes de la materia.

s.      Promedio Familiar: término medio de miembros en una familia por unidad de vivienda de acuerdo con el último censo.

t.       Proyectos de Conjunto: es un grupo de edificaciones y áreas libres en el cual se integran los aspectos urbanísticos y arquitectónicos. Estos proyectos incluyen la habilitación de todos los servicios públicos y la construcción de la unidad de vivienda.

u.     Residencial Agrícola: es aquella vivienda ubicada fuera del perímetro netamente urbano.

v.     Retiro Lateral: es el espacio libre comprendido entre la edificación y el lindero del lote. Este retiro se medirá a partir de la parte más sobresaliente de la edificación incluyendo los aleros, los cuales no podrán estar a menos de .30 de la línea de propiedad.

w.    Unidad de Vivienda: toda estructura o edificación destinada a servir de domicilio o morada a una familia. La unidad de vivienda típica cubrirá 3 recamaras, sala, comedor, cocina, baños y cuarto de empleada. Por cada recamará adicional se agregará 2 personas.

x.     Usos Complementarios: es el uso que se adiciona a un uso principal y que es compatible con este uso.

y.     Uso Industrial: es aquel donde se almacena, procesa, manufactura y distribuye un producto.

z.      Ventanas Altas: aberturas a más de 1.60 m de antepecho, medido a partir del nivel del piso acabado.


aa.   Viviendas de Apartamentos o Multifamiliar: aquella edificación concebida con unidad arquitectónica y con áreas habitacionales independientes, aptas para albergar a tres o más grupos familiares en un misma parcela o lote.

bb.  Vivienda Bifamiliar: es aquella que agrupa 2 unidades de vivienda unifamiliares en planta baja o planta alta y adosadas en uno de sus costados.

cc.   Viviendas en Hileras: conjunto de tres o más viviendas en un lote, adosadas en sus costados laterales.

dd.  Vivienda Unifamiliar Aislada: es la edificación provista de áreas habitacionales destinadas a un solo grupo familiar, rodeada de área libre.

ee.   Zonas de Servicio: son aquellas áreas de la edificación destinada a: cocina, tendederos, lavanderías, escaleras, ascensores, servicios sanitarios, pasillos comunales, áreas de equipamiento electromecánicos.

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